El 27 de mayo de 1934, una tromba marina, que luego se transformó en tornado, asoló el Gran Concepción. Entró por el sector de la desembocadura del Biobío y Cerro Chepe, avanzó en medio de la ciudad, pasó por la Plaza de la Independencia y terminó en el campus de la Universidad de Concepción.
El impacto fue tal que quedó registrado para siempre en el mural de Gregorio de la Fuente, ubicado en la ex-Estación de Ferrocarriles, hoy sede del Gobierno Regional del Biobío). Este fenómeno dejó 27 penquistas muertos y más de tres mil damnificados.

Este fenómeno de los tornados hasta ahora era excepcional; ocurría muy de cuando en cuando. Sin embargo, estos últimos años, y a propósito del Cambio Climático, se ha vuelto normal que tengamos anualmente estos fenómenos. Eso ya está generando severos daños en la infraestructura pública y privada de los chilenos que, claramente, no está hecha para soportar la velocidad del viento.

La ley de Urbanismo y Construcciones no considera a los Tornados como un riesgo
En Chile las viviendas están preparadas para los terremotos. ¿Tendremos que adaptar nuestros hogares para los tornados también?
En esto coinciden Ricardo Utz y Bernardo Suazo, arquitectos de la Facultad de Arquitectura y Urbanismo de la Universidad de Concepción. Ambos se cuadran en que este tema hay que conversarlo, tocarlo y socializarlo. Además, comparten un hecho no menor: la norma de construcciones no identifica a los tornados como un riesgo.
Bernardo Suazo expresó a Sala de Prensa que “lo que está pasando es que los instrumentos de planificación territorial no están incorporando el riesgo en su zonificación, o sea, no está dentro de la norma y esta medida complica la prevención”.
“Respecto de los tornados, es bien complejo porque sabemos donde puede haber un tsunami, donde puede haber una remoción en masa en general, pero no sabemos donde puede haber un tornado, es súper aleatorio. Hay países como Estados Unidos que, a pesar de que tienen todas las prevenciones, llega un tornado y arrasa igual”, indicó.
“Las prevenciones que ellos tienen son dos: primero, generar espacios seguros, subterráneos por ejemplo, donde se protegen. Lo segundo es tener seguros, porque saben que su vivienda puede desaparecer o dañarse. La verdad es que podemos poner más estricta la normativa en cuanto a construcción, pero lo que vamos a lograr es que la estructura de la edificación resista, pero todo lo que es revestimiento, terminaciones no va a resistir; una ventana va a salir volando igual, pero no podemos asegurar que los elementos de terminación resistan un tornado desgraciadamente”.
Sobre refugios subterráneas, dijo que “lo que más serviría es lograr educar a la población para prevenir. Todos sabemos que cuando hay un sismo grande, no nos podemos mantener en pie y estamos en el borde costero, tenemos que subir a un lugar alto. Estamos educados. Lo que tenemos que normar es que existan las vías de evacuación para que la cosa se haga como corresponde. A lo mejor tener refugios, no sé, en un condominio tener, a lo mejor, un lugar seguro como lo hacemos en los sismos. En los edificios tenemos zonas seguras y a lo mejor acá hacer lo mismo”.
Por su parte, el arquitecto Ricardo Utz expresó algo muy similar. “El artículo 2.1.17. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones reconoce las zonas de riesgo como áreas con peligro potencial para el uso urbano, salvo que en ellas se ejecuten obras de infraestructura para mitigar el riesgo. Este cuerpo legal establece tres tipos de riesgos naturales: zonas inundables; zonas propensas a aluviones y zonas con peligro por la actividad volcánica. Claramente, no se reconocen aquí zonas con riesgo de tornado”.
“La pregunta es: ¿Será posible identificar zonas propensas al riesgo de tornados? En principio, pareciera que no es posible, dado que los tornados tendrían un comportamiento casuístico o errático. Dicho de otro modo, el tornado podría afectar cualquier zona de nuestro territorio. Esto hace imposible que se pueda incluir este riesgo en la elaboración de los Planes Reguladores que rigen nuestras ciudades”.
“Sólo quedaría, a mi juicio, reducir la vulnerabilidad ante este tipo de riesgo, normando el tipo de construcción, o más aún, estableciendo como obligatorio la construcción de refugios como ocurre en otros países”.

