¿A qué multas te expones si no instalas la bandera de Chile estas Fiestas Patrias?

Bandera de Chile
Bandera de Chile | Foto: EMOL

El mejor mes del año, septiembre, ya está entre nosotros y con ello aparece una de sus protagonistas: la bandera de Chile.

Aunque a juicio personal debiéramos tenerla siempre presente, en vez de recordarla solo por 30 días, tenemos el deber y obligación en este mes de izar el pabellón patrio y de forma visible en los hogares.

¿Sabes cuándo es obligatorio elevar la bandera de Chile en tu casa? ¿Qué multa puedes recibir si no lo haces? Sobre cómo instalar la bandera de Chile correctamente, hace un año en Sala de Prensa hicimos una nota fácil de entender. Clic aquí para leerla.

Ahora bien, volvamos a las preguntas y respondamos de a poco.

¿Qué días es obligatorio izar la bandera de Chile?

Según el artículo n°2 del Decreto Supremo 1534 del Ministerio del Interior, existe “la obligación de poner o izar la bandera chilena en ciertas fechas especiales, principalmente las de Fiestas Patrias y el Día de las Glorias Navales”. Es decir, entre el 18 y 19 de septiembre. Debería también fiscalizarse su izamiento el 21 de mayo, pero en la práctica no se hace.

Actualmente la situación es así. Sin embargo, el decreto original, de 1967, restringía el uso libre de los emblemas patrios a estas fechas. Si usted, antes de 2011 que fue el año en que se modificó, quería elevar al tope la bandera de Chile, debía solicitar expreso permiso a las autoridades.

Ahora, según la Ley sobre el Uso e Izamiento del Pabellón Patrio, la bandera de Chile “es un emblema nacional que podrá usarse o izarse sin autorización previa, cuidando siempre de resguardar el respeto de la misma y de observar las disposiciones que reglamenten su uso o izamiento”.

Izar la bandera se exigirá para todos los edificios públicos y privados, incluyendo domicilios particulares. El caso de los edificios de departamentos será particular, puesto que cada departamento no deberá desplegar la bandera si el edificio en su conjunto ya lo hizo.

¿Cuáles son las multas si no pongo la bandera cuando corresponda?

La ausencia de la bandera de Chile en los días 18 y/o 19 de septiembre, o instalarla de forma incorrecta, es una deshonra a los valores patrios que acarrea multas que van entre 1 y 5 UTM, $69.265 a $346.325, respectivamente. Sale más barato instalarla.

Carabineros de Chile, entidad que debe velar por la seguridad pública y que no se cometan delitos, es quien debe fiscalizar. Como les sobra tiempo, seguramente vigilarán a todos. Ellos, además, son los únicos facultados para multar y derivar dicha infracción al Juzgado de Policía Local.

Respecto a los pabellones extranjeros, existe disposición. Si algún ciudadano de otro país quisiera instalar su propio pabellón patrio, siempre debe ser de tamaño inferior o estar más bajo que el nacional. Mismo caso aplica para las banderas comunales o regionales.