La historia de la “huída” de la empresa española Tapusa de Chile es casi como una novela. Se va escribiendo por capítulos y el que hoy te vamos a contar es tal vez una de los más llamativos.
Hasta ahora conocíamos los problemas económicos expresados por las decenas de empresas subcontratistas de la región del Biobío que trabajaron para Tapusa en la construcción del Puente Esmeralda y el Perales en Talcahuano. El Minvu y los Serviu correspondientes dijeron que entendían el problema y que el Estado iba a cancelar los trabajos realizados, pero que para ello debían oficialmente presentar la demanda en la justicia.
Hasta aquí todo bien, pero según información a la que Sala de Prensa tuvo acceso ahora son los integrantes de la gerencia de Tapusa Chile la que a parte de demandar a la empresa española y sus representantes en nuestro país por despido injustificado, hicieron lo mismo y de manera subsidiaria contra los Servicios de Vivienda y Urbanismo donde estaban ejecutando las obras.

Demanda por despido injustificado
La acción legal fue presentada en el Juzgado de letras de Santiago por Dámaris Elena Pilar Godoy (Gerente General) Ricardo Jeremy Hernández Godoy (Gerente de proyectos), Mónica Gricell Núñez Veliz (Coordinadora de proyectos) y Gerald Isai Carreño Cartes (Asistente de proyectos).
La demanda técnicamente es por “despido injustificado, indebido, improcedente o sin causa legal de declaración de régimen de subcontratación y cobro de prestaciones e indemnizaciones laborales“.
Se presentó en contra de Tapusa Sociedad Anónima Agencia Chile, su representante legal, y también en contra de cada uno de los Servicios de Vivienda y Urbanismo “por su responsabilidad sea solidaria o subsidiaria” en donde tenían obras en ejecución, es decir:
- Serviu Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, legalmente representado por Daniela Soto Villalón.
- Serviu Región de Ñuble, legalmente representado por Aracelly Godoy Bustos.
- Serviu Región de Antofagasta, legalmente representado por Andrea Merino Herrera.
- Serviu Biobío, legalmente representado por Carlos Riffo Romero.

Tapusa despidió a su plana mayor por “necesidades de la empresa”
En el escrito se argumenta que las cartas de despido fueron improcedentes y ambiguas y se adjuntan las misivas.
En el caso de la gerenta general por ejemplo se invoca la causal del artículo 161 inciso 1° del Estatuto Laboral, vale decir “necesidades de la empresa”. Según la demandante fue una misiva tipo redactada términos sumamente inespecíficos y esencialmente inconducentes.
El contenido de la comunicación de despido es del siguiente tenor: “Por intermedio de la presente informo a Ud. que la Empresa Tapusa S.A. Agencia en Chile, ha decidido poner término a la relación laboral, a contar del día 28 de Abril de 2026. Causal de derecho: ART 161 del Código del Trabajo el cual señala: “NECESIDADES DE LA EMPRESA” Causal de hecho: La terminación del contrato de trabajo se produce por necesidades de la empresa, en el contexto de un proceso de reestructuración que ha derivado en el cierre de sus operaciones”.
Los Servicio de vivienda y urbanismo son “dueños de las obras”
En la demanda se indica que “es posible concluir que existía una relación contractual entre TAPUSA y los Servicios de Vivienda y Urbanismo y que las demandantes de autos prestaron servicios para las demandadas ya individualizadas”.
“El despido de nuestra representada es total, completa y absolutamente antijurídico, debiendo ordenarse el pago de las indemnizaciones y prestaciones que se indicarán más adelante. Los actores de autos han optado por ejercitar sus acciones directamente ante los Tribunales de Justicia”.
La jurisprudencia, sentencia el documento, establece que los organismos del Estado, al contratar la ejecución de obras o servicios con empresas externas, adquieren la calidad de “dueños de la obra” conforme a la Ley N.º 20.123, quedando sujetos a las mismas obligaciones que un mandante privado.
Es decir los Servicios de Vivienda y Urbanismo de las regiones de O’Higgins, Ñuble, Antofagasta y Biobío debieran no sólo cancelar las deudas de los subcontratistas, sino también de la gerente de la empresa Tapusa en Chile.
Por esta nota consultamos con el Minvu en el Biobío, pero se nos indicó que no tenían mayores antecedentes de los hechos, pero que con seguridad este sería un tema mas bien de carácter nacional.

