La elección de la máxima autoridad de la Universidad de Concepción está estrictamente normada por el Reglamento Especial para la Elección del Rector.
Este es un documento que recibió el visto bueno del Consejo Académico el 2 de septiembre de 1993 y fija todos los detalles del proceso electoral. Tiene 8 títulos, donde punto por punto va describiendo procedimientos, plazos y atribuciones de los responsables de las elecciones:
- De la convocatoria
- De la presentación de las postulaciones
- De las Elecciones
- De las cédulas electorales
- De las mesas receptoras
- Del día de la elección
- Del tribunal de elecciones y
- Un Título Final
El Tricel es la máxima autoridad de las elecciones en la Universidad de Concepción
De acuerdo a lo expresado por el reglamento, el Tribunal de Elecciones (Tricel) “es la máxima autoridad del proceso electoral y será responsable de su organización, desarrollo y control, así como del cumplimiento de las reglas que lo rigen”.
Para estas elecciones en la Universidad de Concepción, el Tricel está integrado por el académico de Ciencias Físicas y Matemáticas Pablo Solano Palma quien asumió la presidencia, Olivia Sanhueza Alvarado de Enfermería asumió la secretaría, Katterine Salazar Martínez de Ciencias Biológicas, Iván Vidal Parra de Agronomía y Mauricio Oyarzo Aguilar del Campus Chillán.
¿Quiénes votan para estas Elecciones en la Universidad de Concepción?
No toda la comunidad universitaria puede elegir al rector. Sólo hay un grupo de docentes que tienen esa facultad. Se trata de los profesores/as asistentes, asociados, titulares (con un año o más en la institución), profesores eméritos que tengan labores académicas y también votan los miembros del Directorio. En total, el padrón electoral sería de 1.457 votos.
El voto, según el reglamento del artículo 20, es presencial y secreto.

Sin embargo, aquí hay que incluir una modificación a estos artículos que se tuvo que hacer durante la Pandemia por razones obvias. Se trata de la polémica votación online. Algunos exdirectores, como Germán Acuña, la han rechazado considerando que el contexto es distinto al de la pandemia.
Sin embargo, se quedó en el tiempo y que para estas elecciones 2026 también se aplicará, creándose un sistema mixto, es decir voto presencial y elecciones online.

¿Qué pasa si no hay mayoría en las Elecciones UdeC 2026?
El artículo 31 del Reglamento Especial para las elecciones de rector señala que “el Tricel se reunirá al día siguiente hábil de la votación, a las 15.00 horas en el lugar que haya designado para realizar el escrutinio general, proceder a su calificación y proclamar al postulante que obtenga la mayoría absoluta de los sufragios válidamente emitidos”.
“Efectuada la labor anterior, remitirá todos los antecedentes del proceso eleccionario al Rector para que éste comunique oficialmente el resultado de la elección y disponga el archivo de estos antecedentes en Secretaría General”.
“Si ninguno de los postulantes obtuviere mayoría absoluta, el Tribunal de Elecciones convocará a una segunda votación entre aquellos que hayan obtenido las dos más altas mayorías relativas. Si empatan en la segunda mayoría dos o más postulantes todos ellos intervendrán en la segunda vuelta”, se afirma en el reglamento.
Aquí puedes encontrar íntegro el Reglamento Especial para la Elección del Rector.
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