A casi dos años de homicidio de tres carabineros en la provincia de Arauco, la justicia dicta la sentencia para los culpables de estos hechos.
Presidio perpetuo calificado, es la pena más alta que tiene nuestro ordenamiento jurídico y la condena que deberán cumplir los condenados por el homicidio calificado en contra de carabineros en acto de servicio.
Las víctimas, recordemos, fueron los suboficiales Carlos Cisterna, Sergio Arévalo y Misael Vidal. La justicia sentenció que fueron interceptados, ejecutados con sus propias armas y luego sus cuerpos quemados.
Fiscalía: “nada va a reparar el dolor” de las víctimas
La causa la llevó el Fiscal Regional de la Araucanía, Roberto Garrido, quien expresó, “nada va a reparar el dolor que sienten las víctimas, pero esta sentencia que se ha basado en el reconocimiento de un trabajo profesional, muy sigiloso, muy dedicado tanto de equipos de la fiscalía del Biobío como la Araucanía, también de carabineros y el SML vienen a contribuir para la recuperación de las familias en lo que significa la seguridad, la justicia y también para la comunidad de la provincia de Arauco”.
El fiscal agregó que las condenas fueron no sólo por los homicidios a presidio perpetuo calificado, sino que también por otros delitos asociados a esta misma acción u otras que se habían cometido con anterioridad. Como el robo con intimidación, robo con violencia, porte de arma de fuego también daños y atentados contra la autoridad.
“Para tres de los participantes hay presidio perpetuo calificado -dijo el fiscal- y para el cuarto penas que superan los 20 años. Todas por supuesto son penas de cumplimiento efectivo. Consideramos que esta sentencia satisface las pretensiones de la fiscalía y nos preparamos para una nueva etapa pues es evidente que las defensas van a recurrir a esta decisión”, afirmó.
Defensa de hermanos Antihuen estudiará infracción a garantías fundamentales
En representación de los condenados habló la abogada Nelly Díaz de la Defensoría Penal Pública. “Como defensa de los hermanos Antihuen estudiaremos íntegramente la sentencia y con ello evaluaremos la interposición de un recurso de nulidad especialmente a lo relativo a la infracción de lo derechos y garantías fundamentales y de qué forma el tribunal valora la prueba de cargo que sustenta la condena hoy en contra de mis representados”.
Recordemos que según nuestro ordenamiento las partes tienen 15 días para presentar algún recurso de nulidad que de ser acogido pudiera derivar en un segundo juicio oral. Esta última instancia ya sería definitiva.
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